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Criminalística: parte general (página 2)



Partes: 1, 2, 3

  • Fotografía.

  • Grafología.

  • Hechos de tránsito
    ferroviario.

  • Hematología.

  • Incendios-

  • Medicina legal.

  • Química
    legal.

  • Interrogatorio. (Montiel,
    1992, págs. 23-24).

En síntesis,
Hans Gross, joven Juez de Instrucción, al darse cuenta de
la falta de conocimientos de orden técnico que privaba en
la mayoría de los jueces, requisito indispensable para
desempeñar con eficacia el cargo
de instructor, decidió escribir un libro que
sistematizado contuviera todos los conocimientos
científicos y técnicos que en su época se
aplicaban en la investigación criminal. (Moreno, 1977, p.
21).

Evolución
histórica de la criminalística

Se ha considerado a la dactiloscopia
como una de las primeras disciplinas precursoras de la criminalística, destacándose en
éste campo el ilustre experto en identificación
B.C. Bridces.

En el año 1665, el Profesor en
Anatomía
de la Universidad de
Bolonia, Italia, Marcelo
Malpighi, estudió y observó los relieves papilares
de las yemas de los dedos y de las palmas de las manos.
Posteriormente el profesor Malpighi haría aportaciones
valiosas al estudio de las impresiones dactilares. Debido a su
gran aporte, una de las partes de la piel humana
lleva el nombre de capa de Malpighi.

En 1753, el Doctor Boucher realizó estudios
valiosísimos sobre balística, que posteriormente
recibiría el nombre de balística
forense.

Adán Pinkerton, en el año 1866, puso en
práctica la fotografía
criminal, que actualmente se le denomina fotografía
forense.

Alfonso Bertillón publicó en 1882 una
tesis sobre el
retrato hablado. Consistió en una minuciosa descripción de ciertos caracteres
morfológicos y cromáticos del individuo.

La toxicología fue creada en Italia por el
ilustre y célebre profesor Orfila.

En los años de creación de la
criminalística, varios estudiosos de la
investigación criminal optaron por denominar al
conjunto de métodos
para la investigación de delitos como
Policía Judicial Científica o Policía
Científica entre los cuales destacaban Ferri, Lombroso,
Reiss, Roumagnac, De Benito, Nicéforo, entre
otros.

Para Hans Gross, la criminalística era una
disciplina
auxiliar jurídico penal y su obra se tradujo a varios
idiomas, provocando con ello el interés de
varios especialistas, que empezaron a realizar una serie de
observaciones y contribuciones a la naciente disciplina.
(Villarreal, 1969, p.8).

A continuación se expondrán una serie de
acontecimientos de gran relevancia en la evolución histórica de la
criminalística.

En 1896, Juan Vucetich logra que la Policía de
Rio de la Plata, Argentina, deje de utilizar el método
antropométrico de Bertillón, reduce a cuatro los
tipos fundamentales de la dactiloscopia, determinados por la
presencia o ausencia de deltas.

En el año 1897, Salvatore Ottolenghi,
presentó un problema para el curso de Policía
Científica, en el cual se desarrollaba sus sistemas de
enseñanza aplicados en la Facultad de
Medicina en
Siena, Italia, desde ese año hasta después de
1915.

En 1899, Alongi junto con Ottolenghi, fundaron una
revista
llamada Polizia Scientifica.

Alfredo Nicéforo, en la Escuela Positiva
en Roma, en 1903
con su monografía
de estudio y enseñanza de la criminología colocaban por primera vez a la
Policía Judicial Científica, en el cuadro general
de la Criminología.

Por otro lado, en los países latinoamericanos
iniciados por Juan Vucetich se integraban al uso de
métodos científicos en la investigación
criminal, escribían obras y creaban sus Institutos de
Policía y Laboratorios de Criminalística, ya que en
el año 1904, el sistema
dactiloscópico de Vucetich había sido aceptado casi
universalmente como el más práctico y
operable.

En México, en
1904, Carlos Roumagnac escribía los primeros fundamentos
de Antropología criminal con base en estudios
realizados en la cárcel de Belén, México,
D.F.

En 1905, en Inglaterra, Sir
Francis Galton modificó su sistema citado en Fingerprint
Directories con otro manual publicado
con el nombre de Clasification and uses of
fingerprints.

En España,
por el año 1908, Constancio Bernaldo de Quiroz,
reducía a tres las fases de formación y
evolución de la Policía Científica: a) Una
primera fase equívoca, cuando el personal
policiaco incluso el jefe como Vidocq, eran reclutados entre los
mismos delincuentes con conocedores insustituibles de las
personas y artes de los malhechores; b) Una segunda fase
empírica en la cual el personal, ya no tomado entre los
delincuentes, lucha contra ellos empíricamente sólo
con las facultades naturales, vulgares o excepcionales; c) y un
tercera fase científica fundados en la observación razonada y en el experimento
químico, fotográfico, etc.

En 1911, en Suiza, el alemán Rodolph Archihald
Reiss se dedicaba íntegramente a los estudios de la
Policía Científica y escribía una tesis al
respecto.

Hans Gross, después de una apasionante vida
científica muere en su ciudad natural, en 1915; hubo
consternación mundial por la pérdida de tan
distinguido criminalista. (Montiel, op.cit, págs.
24-26).

Definición
de criminalística

A continuación, se expondrán una serie de
definiciones o conceptos de la criminalística, en los
siguientes términos:

Criminalística es la disciplina que
aplica fundamentalmente los conocimientos, métodos y
técnicas de investigación, de las
ciencias
naturales en el examen del material sensible significativo
relacionado con un presunto hecho delictuoso con el fin de
determinar en auxilio de los órganos encargados de
administrar justicia, su
existencia o bien reconstruirlo o bien señalar y precisar
la intervención de uno o varios sujetos en el mismo.
(Moreno, op.cit, págs. 344-345).

Criminalística es la ciencia
auxiliar del derecho penal que
utiliza o emplea los recursos
técnico-científicos en la búsqueda y
análisis de los elementos materiales de
prueba, a fin de establecer si hubo un delito, otorgando
a los investigadores y al criminalista bases científicas
sobre el análisis del lugar de los hechos y determinar las
posibles causas o móviles de lo sucedido. (López et
al, 2000, págs. 148-149).

Criminalística es la ciencia
auxiliar del Derecho Penal, que tiene como objetivo
primordial el descubrimiento y verificación
científica de un delito, la identificación del
imputado y de la posible víctima. (Arburola, 1992,
p.5).

Criminalística es el conjunto de
conocimientos aplicables a la búsqueda, descubrimiento y
verificación científica de un delito en particular
y del presunto responsable de éste. (Rodríguez,
1976, p.389).

Criminalística es la disciplina auxiliar
del Derecho Penal que se ocupa del descubrimiento y
verificación científica del delito y delincuente.
(Quiroz, 1961, p. 35).

Criminalística es una ciencia penal
auxiliar que mediante la aplicación de sus conocimientos,
metodología y tecnología al estudio
de las evidencias
materiales, descubre y verifica científicamente la
existencia de un hecho presuntamente delictuoso y al a los
presuntos responsables apartando las pruebas a los
órganos que procuran y administran justicia. (Montiel,
op.cit, p.35).

Criminalística es la disciplina auxiliar
del Derecho Penal, que mediante la aplicación de las
técnicas y conocimientos científicos a las
pesquisas del procedimiento
criminal se ocupa del descubrimiento y verificación
científica del delito y del delincuente. (Villarreal,
op.cit, p.4).

Criminalística es una disciplina
explicativa y formalística, constituida por un conjunto
sistematizado de diversas disciplinas naturales y que tiene por
objeto el descubrimiento y verificación del delito; desde
luego que es una disciplina auxiliar pero que comprueba el delito
y estudia al delincuente en forma científica. (Palacios,
et al, 1970, p.4).

Criminalística es la disciplina auxiliar
del Derecho Penal que se ocupa del descubrimiento y
comprobación científica del delito y el
delincuente. (Gaspar, 1993, p. 28).

Objetivo general
de la criminalística

El estudio de las evidencias materiales en la
investigación criminalística, tanto en el campo de
los hechos, como en el laboratorio,
llevan un objetivo general perfectamente definido y circunscrito
a cinco tareas básicas e importantes:

  • 1) Investigar técnicamente y demostrar
    científicamente, la existencia de un hecho en
    particular probablemente delictuoso.

  • 2) Determinar los fenómenos y
    reconstruir el mecanismo del hecho, señalando los
    instrumentos u objetos de ejecución, sus
    manifestaciones y las maniobras que se pusieron en juego para
    realizarlo.

  • 3) Aportar evidencias o coordinar
    técnicas o sistemas para la identificación de
    la víctima, si existiese.

  • 4) Aportar evidencias para la
    identificación del o los presuntos imputados
    autores.

  • 5) Y aportar las pruebas indiciarias para
    probar el grado de participación del o los presuntos
    autores y demás involucrados. (Montiel, op.cit,
    p.35).

Con respecto al objetivo general de la
criminalística, tenemos otro punto de vista, el cual se
expone a continuación:

El estudio y análisis de los elementos materiales
de prueba efectuados en la investigación
criminalística, tanto en el lugar de los hechos como en el
laboratorio, lleva un objetivo general perfectamente
identificando y circunscrito a cinco tareas básicas e
importantes:

  • 1. Demostrar de manera
    técnico-científica la existencia de un hecho en
    particular, probablemente delictuoso.

  • 2. Determinar los fenómenos y
    reconstruir el mecanismo del hecho, señalando los
    instrumentos de ejecución, sus manifestaciones y las
    maniobras que se pusieron en juego para
    realizarlo.

  • 3. Aportar pruebas o coordinar técnicas
    o sistemas para la identificación de la
    víctima, si existiese.

  • 4. Establecer las pruebas necesarias para
    vincular en forma técnico-científica a los
    autores.

  • 5. Con el empleo de técnicas y
    procedimientos, aportar las pruebas indiciarias para los
    presuntos autores y demás involucrados. (López
    et al, op.cit. p. 150).

Objetivo material de la
criminalística

El objeto de estudio u objeto material de la
criminalística general es el estudio de las evidencias
materiales o indicios que se utilizan y que se producen en la
comisión del hecho. (Montiel, op.cit.p.
35).

El objetivo material de la criminalística hace
relación al estudio de los elementos materiales de prueba
que se utilizan y son producto de la
comisión de los hechos. (López et al, op.cit.
págs.149- 150).

Objetivo formal de la
criminalística

A continuación se expondrán dos posiciones
con respecto al objetivo formal de la criminalística, en
los siguientes términos:

  • Auxiliar con los resultados base de análisis
    técnico-científico, metodología y
    tecnología, a los órganos que cumplen funciones
    de policía judicial y a los que les corresponden
    administrar justicia, a efecto de darles elementos
    probatorios, identificadores y reconstructores conducentes a
    establecer la verdad de los hechos que investigan.
    (López et al, op.cit, p.150).

  • Auxiliar con los resultados de la aplicación
    científica de sus conocimientos, metodología y
    tecnología, a los órganos que procuran y
    administran justicia a efectos de darles elementos
    probatorios identificadores y reconstructores y conozcan la
    verdad de los hechos que se investigan. (Montiel, op.cit,
    p.36).

Los principios
científicos que se aplican a la
criminalística

En la Criminalística, se han establecido siete
principios de
naturaleza
científica, aplicables en su campo de acción
que son:

  • 1. Principio de uso.

  • 2. Principio de
    producción.

  • 3. Principio de
    intercambio.

  • 4. Principio de correspondencia de
    características.

  • 5. Principio de reconstrucción de
    hechos o fenómenos.

  • 6. Principio de
    probabilidad.

  • 7. Principio de certeza.

Veamos los alcances de cada uno de ellos, en los
siguientes términos:

  • 1. Principio de uso: en los hechos que
    se cometen o realizan siempre se utilizan agentes
    mecánicos, químicos, físicos o
    biológicos.

  • 2. Principio de producción: en
    la utilización de agentes mecánicos,
    químicos, físicos o biológicos para la
    comisión de los hechos presuntamente delictuosos,
    siempre se producen elementos materiales en gran variedad
    morfológica y estructural y representan elementos
    reconstructores e identificadores.

  • 3. Principio de intercambio: al
    consumarse el hecho y de acuerdo con las
    características de su mecanismo se origina un
    intercambio de indicios entre el autor, la víctima y
    el lugar de los hechos o, en su caso, entre el autor y el
    lugar de los hechos.

  • 4. Principio de correspondencia de
    características:
    basado en un principio universal
    establecido criminalísticamente: "La acción
    dinámica de los agentes mecánicos, vulnerantes
    sobre determinados cuerpos dejan impresas sus
    características, reproduciendo la figura de su cara
    que impacta". Fenómeno que da la base
    científica para realizar estudios micro y macro
    comparativos de elementos-problema y
    elementos-testigos.

  • 5. Principio de reconstrucción de
    hechos y fenómenos:
    el estudio de todos los
    elementos materiales de prueba asociados al hecho,
    darán las bases y los elementos para conocer el
    desarrollo de los fenómenos de un caso concreto y
    reconstruir el mecanismo del hecho o fenómeno, para
    acercarse a conocer la verdad del hecho
    investigado.

  • 6. Principio de probabilidad: la
    reconstrucción de los fenómenos y de ciertos
    hechos que nos acerquen al conocimiento de la verdad, pueden
    ser con un bajo, mediano o alto grado de probabilidad o,
    simplemente, sin ninguna probabilidad. Pero nunca se
    podrá decir: "esto sucedió exactamente
    así".

  • 7. Principio de certeza: y las
    identificaciones cualitativas, cuantitativas y comparativas
    de la mayoría de los agentes vulnerantes que se
    utilizan elementos que se producen en la comisión de
    hechos, se logran con la utilización de
    metodología, tecnología y procedimientos
    adecuados, que dan certeza de su existencia y de su
    procedencia.

En relación con los siete principios que se
mencionan, se considera que aparte de hacer válido el
método que aplica la criminalística, coadyuvan para
sustentarla como ciencia, es decir, la criminalística se
apoya en éstos siete principios, a fin de realizar su
aplicación con metodología científica en las
investigaciones de hechos presuntamente
delictuosos y, además recuérdese que cuenta con
metodología propia para el desarrollo
técnico de sus actividades y también con
conocimientos generales sistemáticamente ordenados, y con
todo ello cumple con los objetivos que
se le encomiendan. (López et al, op.cit, págs.
152-153).

Disciplinas
científicas que constituyen la Criminalística
general

La doctrina en materia de
criminalística, es unánime en cuanto a la estructura de
las disciplinas que integran la criminalística en
general.

Veamos al menos dos clasificaciones:

La criminalística desde su nacimiento hasta sus
cultores a través de los años han aportado
técnicas y procedimientos
para formar la disciplinas que se han ordenado y que las
constituyen en forma científica, dándole la
importancia intelectual y enriqueciéndola con nuevos
conocimientos y técnicas para realizar su práctica,
primero en el lugar de los hechos (criminalística de
campo) y posteriormente en el laboratorio. Al hablar de
criminalística, es hacer referencia a las siguientes
disciplinas:

  • 1. Criminalística de
    campo.

  • 2. Balística
    forense.

  • 3. Documentología.

  • 4. Explosivos e incendios.

  • 5. Fotografía
    forense.

  • 6. Investigación de accidentes de
    tránsito.

  • 7. Sistemas de identificación de
    personas.

  • 8. Técnicas forenses de laboratorio
    (química, física y
    biología).

Para efectos de determinar la función y
fin que cumplen la química, la física y biología, se tienen
las siguientes consideraciones:

La química emplea todas las ramas de la
química analítica, bioquímica, química orgánica
e inorgánica, micro química. De las dos ciencias
anteriores, se emplea la físico-química con la
cromatografía en papel y gases;
asimismo se realizan técnicas electroquímicas como
la electrólisis, la electroforesis, la
polarografía y la conductometría.

La física se apoya en las leyes de la
materia y las que atienden a modificar su estado o su
movimiento sin
alterar su naturaleza.

Finalmente la biología, emplea la
antropología, citología, enzimología,
hematología forense, medicina forense, microbiología, sicología,
serología, histología, etc. (López et al,
op.cit, págs. 150-151).

Otra clasificación es la siguiente:

Fue la criminalística desde su nacimiento, con
sus cultores a través de los años, los que
aportaron técnicas y procedimientos para formar las
disciplinas que se han ordenado y que la constituyen de forma
científica, dándole su importancia,
enriqueciéndola con nuevos conocimientos y técnicas
para realizar su práctica, primero en el lugar de los
hechos y después en el laboratorio. Por ello, hablar de
criminalística es hablar de todas las disciplinas que han
venido a constituirla en forma general, como se aprecia en el
cuadro siguiente:

  • 1. Criminalística de
    campo.

  • 2. Balística
    forense.

  • 3. Documentoscopia.

Criminalística general 4. Explosivos e
incendios.

5. Fotografía forense.

6. Hechos de tránsito
terrestre.

7. Sistema de identificación

8.Técnicas forenses de
laboratorio

(química, física y
biología).

(Montiel, op.cit, p.41)

Objetivos o finalidades de las disciplinas de la
criminalística

Es importante tener conocimiento
de los objetivos particulares y específicos de cada una de
las disciplinas científicas de la criminalística en
general, con la finalidad de precisar las funciones de cada
una de ellas.

  • 1. Criminalística de campo:
    Aplica los conocimientos, métodos y técnicas
    con el objeto de proteger, observar y fijar el lugar de los
    hechos, así como para coleccionar y suministrar las
    evidencias materiales asociadas al hecho al laboratorio de
    criminalística.

  • 2. Balística forense: Aplica
    los conocimientos, métodos y técnicas con el
    objeto de investigar con sus ramas: interior, exterior y de
    efectos los fenómenos, formas y mecanismos de hechos
    originados con armas de fuego cortas y largas
    portátiles.

  • 3. Documentoscopia: Aplica los
    conocimientos, métodos y técnicas con el objeto
    de estudiar y establecer la autenticidad o falsedad de todo
    tipo de documentos como escritura cursiva, de molde,
    mecanografiadas o de imprenta, haciendo probable la
    identificación de los falsarios.

  • 4. Explosivos e incendios: Aplica los
    conocimientos, métodos y técnicas en la
    investigación de siniestros producidos por explosivos
    o incendios, a fin de localizar cráteres, focos y
    además evidencias y determinar sus orígenes,
    formas y manifestaciones.

  • 5. Fotografía forense: Aplica
    los conocimientos, métodos y técnicas a fin de
    imprimir y revelar las gráficas necesarias en auxilio
    de las investigaciones que aplican a todas las disciplinas de
    la criminalística.

  • 6. Hechos de tránsito
    terrestre:
    Aplica los conocimientos, métodos y
    técnicas a fin de investigar los fenómenos,
    formas, orígenes y manifestaciones en
    atropellamientos, colisiones entre dos o más
    vehículos, volcaduras, proyecciones sobre objetos
    fijos y caídas de personas producidas por
    vehículos automotores.

  • 7. Sistemas de identificación:
    Aplica los conocimientos, métodos y técnicas a
    fin de identificar inequívocamente a personas vivas o
    muertas, putrefactas, descarnadas o quemadas.

  • 8. Técnicas forenses de
    laboratorio:
    Aplica los conocimientos, métodos y
    técnicas de las ciencias naturales química,
    física y biología a fin de realizar los
    análisis y manejo propio del instrumental
    científico, para identificar y comparar las evidencias
    materiales asociadas a hechos presuntamente delictuosos.
    (Montiel, op.cit, págs. 42-44).

El lugar de los
hechos o sitio del suceso

Definiciones

A continuación se expondrán una serie de
definiciones a saber:

El sitio del suceso o lugar de los hechos es el
sitio donde se debe comprobar la comisión de conductas
punibles, producto de un presunto homicidio,
suicidio,
explosión, hurto, violación o de cualquiera de los
delitos tipificados por el Código
Penal. (López et al, op.cit, p.11).

Es el sitio relativo a la comisión del delito (no
necesariamente un homicidio) en alguna de sus fases, y en
él debe haber quedado alguna huella o signo del autor o
alguna de las características propias del incidente.
(López et al, op.cit, p.11).

El lugar en dónde se cometió un delito es
el sitio dónde se desarrolló la actividad
delictuosa de un sujeto mediante la perpetración o
consumación de un hecho punible. (Arburola, op.cit,
p.27).

Clasificación

A continuación se exponen una serie de
clasificaciones de sitios del suceso, en los siguientes
términos:

  • Lugar de los hechos primarios: se denomina
    al sitio dónde se encuentra el cuerpo del delito, ya
    que suele ser dónde se inicia la
    investigación.

  • Lugar de los hechos secundarios: pueden
    haber dos o más lugares de los hechos, que pueden
    estar en relación con lo siguiente:

  • Espacios físicos de uso forzoso.

  • Lugar donde se descubre cualquier elemento
    físico de prueba distinto del primario.

  • Lugares utilizados para desplazamientos.

  • Medios utilizados para el delito.

  • Lugar de los hechos hábitat: son en
    la mayoría de los casos, parte de los lugares
    secundarios, aunque también pueden ser otros sitios
    que no han tenido relación con el crimen, pero en los
    que se pueden encontrar datos o elementos que ayuden a la
    identificación de la persona o el esclarecimiento del
    delito. (López et al, op.cit, págs.
    13-14).

  • Lugar de los hechos abierto: es el lugar
    que no posee límites precisos y, por lo general,
    pueden hallarse en un parque, una vía pública,
    un potrero, la playa, un desierto, etc.

  • Lugar de los hechos cerrado: es aquel que
    lo circunscriben límites precisos como el interior de
    una oficina, de un motel, de un supermercado, de una tienda,
    etc.

  • Lugar de los hechos mixto o semiabierto:
    tiene las características del escenario abierto y
    cerrado. (López et al, op.cit, págs.
    13-14).

Finalmente se tiene el concepto de
escena del crimen que es el sitio del suceso o lugar de
los hechos donde se cometió un hecho delictuoso con
resultado muerte.

El cuerpo del
delito

Definiciones

Cuerpo del delito son todas las materialidades
relativamente permanentes sobre los cuales o mediante las cuales
se cometió el delito, así como también
cualquier otro objeto que sea efecto inmediato de ese delito o
que en otra forma se refiere a él, de manera que pueda ser
utilizado para su prueba. A saber; los medios
materiales que sirvieron para preparar o cometer el delito; las
cosas sobre las que lo cometió; las huellas dejadas por el
delito o por el delincuente; las cosas cuya detentación,
fabricación o venta o cuya
portación o uso constituye delito; las cosas que
representan el precio o
provecho del delito; las cosas que son el producto del delito, a
un indirecto; cualquier otra cosa (no el hombre
viviente) en relación con el cual haya ejercido la
actividad delictuosa o que haya ejercido la actividad delictuosa
o que haya sufrido las inmediatas consecuencias del delito.
(Manzini, 1951, p.500).

Cuerpo del delito es todo lo que acusa su
existencia. (Jiménez de Esenjo, 1952,
p.444).

Por otro lado cuerpo del delito es el conjunto
de elementos materiales cuya existencia induce en el juez la
certidumbre de la comisión de un hecho delictuoso.
(Díaz, 1987, p.35).

Asimismo debe entenderse cuerpo del delito como
el ente material poco más o menos perdurable que
constituyen instrumentos, el objeto o los efectos del acto
criminoso. (Fenech, 1952, p.299).

Otra definición del cuerpo del delito es aquella
que señala aquellos elementos materiales relacionados en
forma directa o indirecta con el delito y que constituye prueba
dentro de la investigación penal. (Arburola, 2000,
p.5).

Por otro lado, se tiene un concepto que se aparta de la
doctrina mayoritaria de definir el cuerpo del delito es la
coincidencia o relación poco o más menos perfecta
entre un acto del hombre que
llena los elementos de la definición de delito con una
cualquiera de las disposiciones de la ley penal que
establece un determinado acto como infracción. Al
establecer si existe o no tal coincidencia es lo que debe
consagrarse el investigador y así logra establecer el
mentado cuerpo del delito. (Valderrama, 1982, p.
28).

Los elementos del cuerpo del delito

Los elementos del cuerpo del delito, se pueden enfocar
desde tres esferas:

  • El corpus criminis.

  • El corpus instrumentorum.

  • El corpus probatorium.

El corpus criminis

Es la cosa o persona
destinataria (receptora) de la acción delictiva ejecutada
por una persona determinada.

Ejemplo: -En el huerto: la cosa mueble.

– En el homicidio: el cuerpo del ofendido o
víctima.

Recordemos que la víctima participa del principio
de Locard o intercambio de indicios, entendido éste como
aquél en donde entre el sitio del suceso, víctima e
imputado, se producirá una relación de intercambio
de indicios materiales entre ellos. (Arburola, 2000,
p.5).

El corpus instrumentorum

Son aquellos medios o instrumentos que utilizó el
imputado o indiciado para cometer un hecho delictuoso.

Ejemplo: – El arma de fuego para ocasionarle la muerte a la
víctima.

– La ganzúa para abrir la puerta de una casa de
habitación y apoderarse de varios bienes
muebles.

– El vehículo que se utilizó para cometer
el asalto a un banco.

El corpus probatorium

Son aquellos indicios materiales (rastros, vestigios,
huellas) que fueron dejados por el imputado en el sitio del
suceso producto de su actuar delictivo. A nivel
criminalístico-probatorio se le denominan "piezas de
convicción". (Arburola, 2000, p.6).

Naturaleza probatoria

El cuerpo del delito tiene doble naturaleza
probatoria:

-Material.

-Probatoria.

Desde el punto de vista material son las evidencia
físicas-materiales, que nos pueden conducir al
descubrimiento de un determinado hecho punible,
esclareciéndonos la forma o "modus operandi" que
medió para la consumación y por medio de los
mismos, se logra la identificación del o de los autores.
(Arburola, 1995, p. 19).

Desde el punto de vista probatorio es todo hecho
conocido y debidamente comprobado, por medio del cual a
través de una operación lógica
nos puede conducir al conocimiento de otro hecho desconocido.
(Arburola, 1995, p. 26).

A la luz de la
investigación criminal, el cuerpo del delito como indicio
material y probatorio es el punto de partida de cualquier
investigación criminal y penal, de ahí la
importancia para la represión o no de cualquier hecho
punible.

El cuerpo del delito en la investigación
criminal

En toda investigación criminal ejecutada por la
Policía Judicial debe ejecutarse una serie de operaciones
técnicas criminalísticas en el sitio del suceso,
producto del hallazgo del cuerpo del delito. En un primer momento
debe acordonarse la zona dónde se ejecutó el hecho
punible para evitar que curiosos alteren en forma voluntaria o
involuntaria los indicios materiales encontrados (cuerpo del
delito). Posteriormente debe realizarse una inspección
ocular, para proceder a la ubicación y fijación de
los indicios, así como el levantamiento del acta y plano.
Una vez finalizado los anteriores procedimientos se
procederá al embalaje, levantamiento y etiquetado de los
mismos. Por levantamiento deben entenderse como aquella
operación que nos permita recoger la evidencia del sitio
del suceso. El embalaje es aquella maniobra que se realiza para
guardar, inmovilizar y lograr la protección de un indicio
y el etiquetado es la operación final que se realiza con
el fin de obtener una reseña del lugar de procedencia de
la evidencia material sometida a estudio. En ésta
operación cada indicio es individualizado,
adjuntándose una etiqueta. (Arburola, 1992,
págs. 46-47).
Luego se trasladará el cuerpo
del delito al laboratorio de ciencias forenses del Organismo de
Investigación Judicial, con la solicitud de dictamen
criminalístico, para efectos de emisión de la
respectiva prueba pericial.

Criminalística de
campo

Para efectos de tener claro los alcances de la
criminalística de campo, a continuación se exponen
los puntos de vista de los criminalistas Pedro López Calvo
y Pedro Gómez Silva, en los siguientes
términos:

Es importante para el criminalista o investigador del
lugar de los hechos saber, proteger, observar y fijar el lugar de
los hechos. Sin embargo, conocer las técnicas para la
recolección de elementos materiales de prueba no basta. Ni
tampoco es suficiente saber suministrarlos a las diversas
secciones de laboratorio de criminalística. La
criminalística de campo no concreta sus actividades en la
fases de investigación citadas; el experto que la
práctica debe aplicar conocimientos vastos y vigentes
ofrecidos por las otras disciplinas científicas de la
criminalística en general, con el objeto de contar con
bases técnicas para aplicar la metodología
específica y razonar científicamente el valor de los
elementos materiales de prueba que se registran en las conductas
presuntamente delictuosas.

El estudio y análisis de los elementos materiales
de prueba facilitan el
conocimiento para establecer la forma y mecanismo de los
hechos con todos sus fenómenos, desde el inicio de la
primera maniobra hasta el último movimiento que se puso en
juego para
realizar el hecho; aquí se incluyen las formas de uso de
los instrumentos u objetos de ejecución y el registro de sus
manifestaciones, movimientos, tocamientos y desplazamientos de
cuerpos y objetos efectuados durante la comisión del
hecho. Inclusive se puede utilizar extensa variedad de agentes
mecánicos, químicos, físicos y
biológicos, y pueden surgir también variadas
evidencias. Su análisis identificativo, cuantitativo,
cualitativo y comparativo necesitará de
metodología, tecnología y conocimientos universales
de las disciplinas científicas que constituyen la
criminalística general, como son: balística
forense, explosivos e incendios, Documentoscopia,
fotografía forense, hechos de tránsito, sistema de
identificación de personas, técnicas forenses de
laboratorio y, otras. (López et al, op.cit,
págs. 151-152).

Es importante tener presente que la
criminalística de campo es la que suministra o alimenta de
evidencia a las diversas secciones de técnicas forenses de
laboratorio (Química, Física y Biología).
(Montiel, op.cit, p. 147).

Criminalística de
laboratorio

La criminalística de laboratorio es aquella que
verifica sobre el terreno los trabajos científicos
necesarios para descubrir las huellas del delincuente y los
indicios del ilícito; la de identificar a los reincidentes
y dar a los jueces la prueba inicial que pueda orientarlos. La
función del laboratorio en el trabajo
policiaco consiste en el examen de la evidencia. Usualmente el
propósito de este examen es para determinar la manera en
que fue cometido el crimen, relacionar al sospechoso con el
crimen o ayudar a establecer la identidad del
criminal. Naturalmente las actividades del laboratorio no
están rígidamente confinadas a estos objetivos,
sino que puede incluir muchas otras tareas dentro de los
múltiples deberes relacionados con el trabajo
policiaco. La función del experto del laboratorio consiste
en analizar la evidencia física y huellas sometidas al
laboratorio del crimen por el investigador. […]. Para que
el laboratorio brinde eficaz auxilio, en principio, es
indispensable que reciba la evidencia sin alteración, la
que debe ser cuidadosamente tratada aplicando las técnicas
señaladas para su levantamiento y embalaje, según
su naturaleza y estado. (Moreno, op.cit,
p.89-90).

Los trabajos científicos de la
criminalística en el laboratorio se realizan con el
método general de las ciencias naturales, conocidos como
"el método inductivo" con sus tres pasos fundamentales:
observación, hipótesis y experimentación. Este
método en el laboratorio se conoce como el de
comprobación o experimentación y es con el que se
van a efectuar las tareas científicas en el estudio,
análisis y comprobaciones de los indicios colectados en el
campo de los hechos o suministrados por otros sujetos de tal
manera que los resultados pueden ser aprovechados o interpretados
adecuadamente para conocer su intervención en el hecho que
se investiga y mostrarlos como evidencias de la verdad, cuya
evaluación de los resultados obtenidos lo
harán los órganos que tiene como misión la
procuración y administración de justicia. Aunque en el
laboratorio es recomendable aplicar "el método
científico" con todos sus pasos sistematizados. Pero
los expertos en criminalística en la actualidad y de
acuerdo con las necesidades científicas y trabajos
realizados en sus diferentes disciplinas, aplican
metodologías convenientes y sistemáticamente
estructuradas con la problemática que se va a resolver.
Todo ello obedece al amplio campo de investigación
criminal que abarca la ciencia en estudio. (Montiel, op.cit,
p. 147).

El indicio
material, evidencia física o rastro
indiciario

Es importante aclarar que las definiciones y puntos de
vistas del indicio, se realizará desde la perspectiva
criminalística, dejando para el próximo
capítulo la perspectiva probatoria.

La palabra "indicio" proviene del latín
indicium y significa signo aparente y probable de que
existe alguna cosa. En el orden
técnico-criminalístico se le conoce como
evidencia física, evidencia o indicio material o
material sensible significativo.

Desde el punto de vista criminalístico, se
entiendo por indicio todo objeto, instrumento, huella,
marca, rastro
señal o vestigio que se usa y se reproduce respectivamente
en la comisión de un hecho. Es decir, es toda evidencia
física que tiene estrecha relación con la
comisión de un hecho presuntamente delictuoso, cuyo examen
o estudio da las bases científicas para encaminar con
buenos principios toda investigación, y lograr
fundamentalmente: a) la identificación del o los autores,
b) las pruebas de la comisión del hecho y, c) la
reconstrucción del mecanismo del hecho. (Montiel,
op.cit, p. 47).

Los indicios son evidencias
físicas-materiales que nos pueden conducir al
descubrimiento de un determinado hecho punible
esclareciéndonos la forma o "modus operandi" que
medió para la consumación y por medio de los mismos
se logra la identificación del o de los autores del hecho.
(Arburola, 1995, p. 19).

Evidencia física, indicio material o material
sensible significativo
denominamos a todo objeto, huella o
elemento íntimamente relacionado con un presunto hecho
delictuoso, cuyo estudio permite reconstruirlo, identificar a
su(s) autor(es) y establecer su comisión. (Moreno,
op.cit, p. 67).

Finamente se tiene el concepto de rastro, el
cual se define como cualquier vestigio, perceptible o
imperceptible, que dejan las personas, los animales o las
cosas al cambiar de ubicación o al descomponerse. Los
rastros proceden de una acción determinada y son elementos
indicativos de ésta. En consecuencia, todo hecho tiene su
rastro y los hechos determinados tienen su propio rastro o rastro
peculiar o característicos. (Valderrama, 1995,
p.97).

El rastro presenta las siguientes
características:

  • a) Adherible

Teniendo en cuenta el rastro y la superficie o cuerpo
dónde se puede producir.

  • b) Contagioso o
    contaminable

De acuerdo igualmente a su naturaleza y el sitio de
producción. Ejemplo: los virus como prueba
de la
contaminación venérea.

  • c) Transmisible

Especialmente aquellos en estado líquido o
gaseoso. Ejemplo: la sangre de la
víctima al victimario.

  • d) Perceptible o
    imperceptible

Que corresponde al manifiesto y al latente.

  • e) Reactivable

Corresponde a la posibilidad de hacer manifiestos los
rastros latentes mediante la aplicación del
correspondiente reactivo.

  • f) Comparable

Esta es la principal característica de todo
rastro y aquella que la constituye como indicio y la de valor
investigativo. Por poderse cotejar con otros rastros tiene ese
especial valor indicativo.

  • g) Modificable

Esta al contrario de lo anterior, la peor
característica de los rastros naturales que los convierte
en artificiales con perjuicio probatorio y consecuencialmente
investigativo. (Valderrama, op.cit, págs.
113-114).

El indicio
probatorio

A continuación se tienen una serie de
definiciones del indicio desde la perspectiva
probatoria.

Es todo hecho conocido y debidamente comprobado por
medio del cual a través de una operación
lógica nos puede conducir al conocimiento de otro hecho
desconocido. (Arburola, 1995, p. 26).

Es aquella que lo describe como un hecho del cual se
infiere lógicamente la existencia de otro. Se pasa luego a
sostener que el primer hecho es indicador y debe estar probado y
el segundo es un hecho indicado y por probar. (Valderrama,
1995, p.75

El indicio es el medio de prueba resultante de
una operación lógica mediante la cual, a partir de
una circunstancia fáctica plenamente demostrada en el
proceso, se
infiere la existencia de otro hecho llamado "indicado".
(Arenas, 1993, p.33).

Se considera por indicio un hecho conocido del
cual se induce otro hecho desconocido, mediante un argumento
probatorio que de él se obtiene, en virtud de una
operación lógica crítica
basada en normas generales
de la experiencia o en principios científicos o
técnicos. (Devis Echandía, 1972, p
601).

El indicio es un hecho (o circunstancia) del
cual se puede mediante una operación lógica inferir
la existencia de otro. Su fuerza
probatoria reside en el grado de necesidad de la relación
que revela entre un hecho conocido (el indiciario)
psíquico o físico, debidamente acreditado, y otro
desconocido (el indicado) cuya existencia se pretende demostrar.
(Cafferata Nores, 1994, p.180).

El indicio probatorio presenta la siguiente
estructura:

  • 1. Un hecho conocido, comprobado:
    llamado hecho indicante, indicador o causa.

  • 2. Un hecho desconocido: el que se
    procura probar o conocer. Se le llama indicado, principal o
    efecto.

  • 3. Una inferencia lógica o juicio de
    razonamiento:
    ésta inferencia lógica hace
    referencia a que partiendo del hecho conocido se podrá
    deducir con probabilidad o certeza el hecho
    indicado.

  • 4. Una regla de la experiencia: el
    saber experiencial es importante para el manejo de cualquier
    tipo de prueba. (Arburola, 1995, p.33).

El principio de
Locard o de intercambio de indicios

El principio de intercambio de indicios fue creado por
Edmond Locard.

Los indicios o evidencias físicas proceden
principalmente de las siguientes fuentes:

  • a) Del sitio o lugar de los
    hechos.

  • b) Del presunto responsable o
    autor.

  • c) De la víctima u
    ofendido.

Cuando se produce la comisión de un hecho
delictivo en un porcentaje muy alto, se produce un intercambio de
indicios o evidencias entre la víctima y el autor del
hecho. (Arburola, 1995, p.28).

Debe recordarse que no hay delincuente que a su paso por
el lugar de los hechos no deje tras de sí alguna huella
aprovechable, y cuando no se recogen evidencias útiles en
la investigación, la verdad es que no se ha sabido
buscarlas en virtud de casi siempre se manifiesta un intercambio
de indicios entre el autor, la víctima y el lugar de los
hechos. (Montiel, op.cit, p.15).

Para efectos de ilustrar éste principio a
continuación se expone un ejemplo de un caso real sucedido
en una colonia de la periferia del Distrito Federal de
México:

Se localizó el cadáver de una mujer e 20
años de edad, completamente masacrado con una piedra
grande sobre la cara y el cráneo, tirado sobre un arroyo
de lodo y tierra; de sus
manos se recogieron cabellos, que tenía adheridos con
sangre seca y se le apreciaron tres uñas rotas en la mano
derecha; cercano al cadáver y sobre el piso de lodo se
apreciaron un llavero y una huella de pie calzado muy tenue.
Después de laboriosas investigaciones, se capturó
al responsable del hecho; se le apreciaron rasguños
recientes en las regiones dorsales de las manos y en los
antebrazos. Además, en el cuarto que habitaba, cercano al
lugar de los hechos, se localizó bajo la cama un par de
calzado de color negro, de
hombre, con vestigios de lodo entre el tacón y la suela y
se comprobó que el llavero visto y recogido cercano al
cadáver pertenecía al detenido sujeto a
investigación.

Las investigaciones concluyeron con éxito.
Ahora se analizará como se pudo constata el "intercambio
de indicios":

  • 1) El autor del hecho dejó sus cabellos
    en las manos de la víctima, su llavero sobre el piso
    de lodo y una huella de pies calzado sobre el piso de lodo en
    el lugar de los hechos.

  • 2) La víctima imprimió sus
    huellas con las uñas sobre las regiones dorsales de
    las manos y antebrazos del victimario
    (rasguños).

  • 3) Del lugar de los hechos, el victimario se
    llevó lodo entre el tacón y la suela de su
    calzado.

Por tanto se pudo establecer ciertamente el principio de
intercambio de indicios entre víctima, victimario y el
lugar de los hechos. (Montiel, op.cit, p.48).

17. Concepto de investigación
criminal

La investigación criminal es un conjunto
de saberes interdisciplinarios y acciones
sistemáticas integrados para llegar el conocimiento de una
verdad relacionada con el fenómeno delictivo.

Comprende:

  • El manejo de estrategias que contextualizan el papel
    de la víctima, del delincuente y del delito como
    tal.

  • El estudio de las técnicas orientadas a
    contrarrestar, controlar y prevenir la acción
    delictiva.

  • El dominio de la investigación como proceso
    metodológico que se basa en los principios y
    teorías de las respectivas ciencias, en los
    procedimientos jurídicos y la reconstrucción
    del hecho mediante las circunstancias de tiempo, modo y/o
    lugar para sustentar en forma técnico
    científica, los resultados conducentes al
    esclarecimiento de un presunto delito y a la
    identificación de sus autores.

  • El empleo de los principios y teorías de las
    ciencias y sus correspondientes disciplinas que apoyan la
    acción investigativa.

  • La aplicación de los procedimientos
    jurídicos.

  • La reconstrucción del hecho para visualizar
    el todo de lo sucedido a través de circunstancias
    de:

  • Tiempo: duración o lapsos para la ocurrencia
    de un acto.

  • Modo: formas de llevarse a cabo el hecho.

  • Lugar: espacios físicos utilizados.
    (López et al, op.cit, págs.
    55-56).

Objetivos de la
investigación criminal

Los objetivos de la investigación criminal, son
los siguientes:

  • 1. Investigar los hechos consignados en
    denuncia o querella.

  • 2. Determinar si se ha cometido o no un hecho
    punible tipificado en las normas penales.

  • 3. Recolectar y conservar las pruebas
    intangibles (por lo general, las tangibles le competen al
    criminalista).

  • 4. Identificar con base en los análisis
    de resultados técnico científicos y de las
    diligencias judiciales a los responsables del hecho
    criminal.

  • 5. Junto con la autoridad judicial competente,
    propender a la captura del delincuente(s) o persona(s)
    comprometida(s) en el delito.

  • 6. Aportar pruebas y participar en todas las
    etapas del proceso penal.

  • 7. Recuperar los bienes sustraídos y,
    ocupar aquellos en que haya una flagrante comisión de
    un hecho punible o como resultado del desarrollo
    investigativo que adelanta en compañía de la
    autoridad judicial competente respectiva. (López
    et al, op.cit, págs. 58-59).

Características de la investigación
criminal

La investigación criminal presenta las siguientes
características:

  • 1) Continuidad

La investigación criminal es un proceso
concatenado de actividades que están en
interrelación con los diversos aspectos que afectan al
problema (delito) por investigar, permitiendo que el investigador
logre sus propósitos conocidos como el esclarecimiento del
delito, captura del autor o autores y el descubrimiento de la
verdad, sin olvidar la criminalística.

  • 2) Metódica

La investigación criminal, por ser un proceso, es
planeada, no es errática; el investigador criminal sabe lo
que busca, como encontrarlo y a dónde recurrir para
confrontar hipótesis.

  • 3) Explicativo-causal

La investigación criminal permitirá a
quién, dónde, cuándo, cómo, por
qué y para qué se perpetró el delito y con
qué medios nos estaremos acercando a la verdad de los
hechos.

  • 4) Previsión

Ninguna actividad, fase o proceso de la
investigación criminal puede realizarse son la
previsión y el planeamiento,
para sí obtener en forma certera los resultados, deseados
y esbozados en el proceso investigativo. Cuanto más
completa y exacta sea la investigación, tanto más
cerca se estará de la solución de este
problema.

  • 5) Organización

La investigación criminal es una secuencia de
pasos sistematizados que con base en un orden lógico,
metodológico y ordenado, permite al investigador y al
criminalista conducir su mente a la consecución de los
fines deseados.

  • 6) Actividad
    analítica-sintética

La investigación criminal es una incesante
actividad de análisis y síntesis continua; es
decir, la descomposición de un problema en sus elementos
que la integran, el análisis de esos elementos y que por
inducción (e inferencia) se recomponen e
interrelacionan para formular conclusiones menores y a partir de
ellas por el mismo proceso de inferencia para extraer
conclusiones lógicas y con base en realidades. Es
importante tener presente que la omisión en asegurar la
prueba disponible o la inexactitud de la investigación y
si sobreviene un proceso, pueden ocurrir como consecuencia un
extravío de justicia.

  • 7) Legal

La investigación criminal, por ser conducida por
un funcionario perteneciente a un organismo del Estado y tener
competencia para
ello, así como para estar encauzada dentro de la
normatividad vigente, es legal y se enmarca siempre con la norma
(constitucional, penal, entre otras). (López et al,
op.cit, págs. 57-58).

Importancia de la investigación
criminal

La importancia de la investigación criminal
reside en que el investigador tiene conocimientos amplios y
profundos del desarrollo de una investigación, teniendo en
cuenta el uso apropiado de los recursos y los pasos que debe
seguir, según el caso (el hecho punible) por investigar,
partiendo de una buena planeación
y coordinación en procura de resultados
propuestos, siempre apoyado por la criminalística, la cual
permite darle el aporte técnico-científico
(objetivo). (López et al, op.cit, págs.
56-57).

La investigación criminal tiene como fin
primordial la búsqueda de la verdad mediante la
reconstrucción histórica de los antecedentes para
determinar cómo ocurrió el hecho, quién,
cuándo y por qué se cometió. (Arburola,
1992, p.17).

Proceso de la
investigación criminal

Las múltiples disciplinas del conocimiento humano
para la consecución de sus objetivos y propósitos,
requiere la realización de un conjunto de actividades
lógicas y secuenciales que facilitan la obtención
de un objetivo.

Para este caso, el método de la investigación científica del delito,
no es sino el llamado "método general de la
investigación científica".

La investigación científica del delito
puede asumir dos dimensiones y de hecho deben estar presentes; la
primera se refiere al conjunto de procedimientos que se utilizan
para explicar el fenómeno del delito, el delincuente, la
víctima y las acciones del Estado, que permitirán
disminuir los indicios de impunidad,
aplicando con ellos conocimientos científicos y
técnicos; es lo que se llama investigación
criminológica y puede abarcar el estudio de diversos
aspectos como la etiología, incidencia, relación,
efectos, tendencias, etc.

La segunda se refiere al proceso metodológico,
continúo, organizado, especializado y preciso de
análisis y síntesis que el investigador criminal
desarrolla respecto de los diversos aspectos que explique el
acaecimiento de un delito, a fin de lograr con bases
sólidas su esclarecimiento. (López et al,
op.cit, p.61).

Pasos generales de la investigación
criminal

Los pasos generales de la investigación criminal
son los siguientes:

  • 1) Observación.

  • 2) Descripción.

  • 3) Explicación.

  • 4) Probabilidad.

Veamos a continuación cada uno de
ellos.

  • 1) Observación

Es el proceso de percepción
de objetos y procesos, la
cual se hace en forma dirigida metódicamente. La
observación es una actividad humana que debe practicarse
al máximo para obtener buenos resultados. Muchas personas
miran un lugar donde se ha cometido un crimen, pero no perciben
la información que allí hay, porque no
han ejercido tal vez el sentido de observación y
desconocen los procedimientos técnico-científicos
que se pueden aplicar en un determinado momento.

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